Autoridades indígenas wayuu y transición energética en La Guajira, Colombia

Bernardo Pinilla
Área Sentidos y Lógicas de Vida de los Pueblos Originarios

Por la calidad de sus vientos, el departamento de La Guajira concentra la mayoría de obras para la generación de energía eólica en el marco de la apuesta por la transición energética. En el periodo comprendido entre 2015 y 2022, el departamento abarcó el 65 % del total de proyectos de energía eólica en el país[1].

La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) a corte 30 de junio de 2023 registra 22 proyectos, 17 eólicos con una capacidad de generación de 3.649 MW y 5 solares con una capacidad de 1.107 MW, de un total nacional de 285 proyectos. La Guajira es el departamento con mayor capacidad de generación (4.756 MW), seguido por Córdoba cuyos proyectos tienen una capacidad de 2.187 MW (UPME, 2023). La mayoría de estos proyectos se realizan o se pretende realizarlos en el territorio del pueblo indígena wayuu.

En medio de esta apuesta por la transición energética, los wayuu participan en cientos de procesos de consulta previa, bajo reglas del juego que no necesariamente entienden, y el Estado y las empresas operan en el territorio sin tener en cuenta las especificidades propias de la cultura wayuu, es decir, lo que hace a los wayuu diferentes como un pueblo con un territorio y una identidad propia.

Esta realidad ha tenido como consecuencia impactos y transformaciones en la vida de los indígenas, que inician con la llegada de las empresas en el marco de sus estrategias de relacionamiento y con las actividades asociadas a los procesos de consulta previa. Estos procesos de consulta incluyen actuaciones administrativas que muchas veces ocultan o niegan la existencia de las comunidades o los impactos directos del proyecto, y el desconocimiento de instituciones representativas del pueblo wayuu, como el alaülayu[2].

En este diálogo hay conceptos que organizan la acción del Estado y que generalmente damos por supuestos, pero, cuando los ponemos a ras de suelo en la realidad, no son tan claros. Conceptos como autoridad tradicional, territorio tradicional y/o ancestral o comunidad indígena no son neutrales, determinan actuaciones institucionales y ordenan de una y otra manera el territorio de acuerdo con ciertas lógicas que no necesariamente tienen en cuenta a los wayuu. Igualmente, implican actuaciones desde las comunidades que se adaptan a ellas y las resignifican como parte de su estrategia de relacionamiento en distintos escenarios.

El concepto de autoridad indígena, definido en el Decreto 2164 de 1995, por ejemplo, es problemático para comprender la diversidad de formas de gobierno y representatividad en pueblos indígenas en Colombia. Este concepto tiene en castellano un significado desde la institucionalidad que simplifica, oculta la realidad de los gobiernos indígenas, la forma como ejercen gobierno en los territorios, el diálogo con el Gobierno nacional, la participación y la representatividad, entre otros asuntos.

En el caso de La Guajira, el Estado y las empresas, por medio de un uso específico de los mismos, han promovido acciones institucionales que han desestructurado el sistema de gobierno propio wayuu, como uno de los principales impactos originados por estos proyectos, especialmente las consultas previas. Esa desestructuración ha sido mencionada como uno de los principales problemas generados por la acción institucional en el contexto de la transición energética.

Por otro lado, está el concepto de comunidad. La organización social de los wayuu tiene unos principios fundamentados en el parentesco y la territorialidad que no corresponden a lo que el Estado entiende bajo el concepto de comunidad. En los wayuu, la

unidad social básica tradicional no ha sido la comunidad, tomada en la acepción mecanicista o colectivista que inspira el concepto imperante de corte andino, sino la familia o el grupo familiar conformado por sujetos emparentados entre sí gracias a unas reglas claras y fijas, en las que la mujer es la figura central tanto en la línea ascendente, como en la línea descendente[3].

Teniendo en cuenta esta reflexión, en la Sentencia T-172 de 2019 la Corte Constitucional ordenó al Ministerio del Interior adelantar un estudio etnológico del pueblo indígena Wayuu,

en el que se determinen los elementos de la organización política, social y cultural de este grupo social que deben ser considerados por el Estado para lograr una interlocución respetuosa de sus particularidades e instituciones. Asimismo, deberá establecer los impactos culturales y sociales en el pueblo wayuu generados por la aplicación de las reglas vigentes sobre el registro de grupos étnicos, autoridades tradicionales y asociaciones de cabildos y autoridades.

La elaboración de este estudio es importante para comprender cómo están organizados los wayuu en la actualidad, a qué obedece la proliferación de comunidades y autoridades, los conflictos entre grupos familiares y las dificultades relacionadas con la participación y la consulta previa que están en el centro de las tensiones entre las instituciones del Estado y los wayuu, y que se agudiza con la llegada de los grandes proyectos de transición energética. Igualmente, cuál ha sido el impacto de ciertas figuras establecidas entre el Estado y los wayuu para el relacionamiento, como el registro de autoridades tradicionales en las alcaldías municipales y de asociaciones de autoridades tradicionales, en el marco del Decreto 1088 de 1993, en la Dirección de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior.

Este estudio etnológico debe hacerse teniendo un diálogo amplio con autoridades, líderes, académicos del pueblo wayuu y académicos que han caminado con los wayuu durante años. Debe tener en cuenta la heterogeneidad de este pueblo indígena tanto en su dimensión socio-ecológica como histórico-cultural. Debe abordar las apuestas políticas y organizativas de los wayuu hacia el futuro para lograr la autonomía territorial que se expresa de diversas formas. Y debe contar con una metodología que tenga en cuenta las formas propias de este pueblo indígena para dialogar sobre su propia realidad, en este caso, sobre sus formas de organización y de gobierno.


[1] Vargas, S., & Palmar, O. (2022). Energías renovables en La Guajira: Desafíos y oportunidades para una transición energética incluyente e intercultural. Bogotá: Universidad del Rosario.

[2] El alaülayu es el tío mayor del grupo familiar por línea materna que comparte la misma carne y la misma sangre.

[3] Concepto de Carlos Ariel Ruiz y Esther Sánchez, Sentencia T-172 de 2019, Corte Constitucional. Derecho a la asociación/Derecho a la autonomía.