COP 2 del Acuerdo de Escazú. Escenario de democracia ambiental y derechos de acceso
En el marco de la COP 1 que tuvo lugar en formato híbrido entre el 20 y 22 de abril de 2022 y se desarrolló en la sede de la CEPAL en Santiago de Chile, dentro de las decisiones adoptadas, se acordó por parte de los países: “(...) realizar una reunión extraordinaria en la Argentina, tentativamente, los días 20 y 21 de abril de 2023, con el fin de elegir a los primeros integrantes del Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento y conocer cualquier otro asunto que las Partes decidan”.
Por: Luis Felipe Guzmán Jiménez – Docente e investigador del Departamento de Derecho del Medio Ambiente.
La COP 2 del Acuerdo de Escazú se lleva a cabo los días 19, 20 y 21 de abril del corriente año en la ciudad de Buenos Aires. El 19 de abril tuvo lugar el acto inaugural en la Sala Argentina del Centro Cultural Kirchner, y durante los días 20 y 21 de abril tendrán lugar las reuniones de negociación y las sesiones especiales programadas, en el Hotel Libertador.
Asimismo, con el fin de ofrecer espacios para compartir conocimientos, crear capacidades, establecer redes e intercambiar experiencias relacionadas con el Acuerdo de Escazú, la República Argentina, como país anfitrión, tiene una serie de eventos asociados de carácter presencial que tendrán lugar en paralelo a las reuniones y sesiones de la COP 2. Sin duda, la COP 2 es una cumbre multilateral que convoca a representantes de los Estados, organismos de financiamiento, la CEPAL, aspirantes al Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento, ministros de ambiente, miembros de la sociedad civil, empresa privada y representantes de la academia. Dentro de los asuntos más relevantes en las intervenciones realizadas en modalidad virtual a la fecha destacamos: cambio climático, la transición energética justa, la condición de acreedores climáticos, defensores de derechos humanos en materia ambiental, capacidades ambientales democráticas y por supuesto, derechos de acceso.
Por parte de Colombia han participado, desde el gobierno, el Director de la ANLA que encabeza la delegación como país observador, y representantes del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Instituto Alexander Von Humboldt. También están representantes de la academia y sociedad civil, quienes han cumplido un papel muy importante.
En esta COP 2 se elegirán los miembros del Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento que tiene cuatro funciones principales que son:
- Reportar a la COP sobre las actividades que ha hecho, incluyendo las conclusiones que adopte en casos de incumplimiento.
- Apoyar a la COP sobre la aplicación y el cumplimiento del Acuerdo. Para hacer esto, el Comité debe presentar informes periódicos sobre la aplicación y el cumplimiento del Acuerdo.
- Aconsejar y asistir a los Estados parte en la aplicación y el cumplimiento del Acuerdo. (Incluye actividades como responder consultas sobre la interpretación del Acuerdo y tener diálogos periódicos con las partes y miembros del público.
- Examinar casos de alegaciones de incumplimiento del Acuerdo.
El Comité además podrá tomar medidas para promover la aplicación de Escazú. Algunas de esas medidas son:
- Hacer recomendaciones específicas y concretas a los países interesados para que puedan fortalecer sus leyes, medidas y prácticas.
- Solicitar a los países interesados que preparen un plan de acción para asegurar la aplicación del Acuerdo.
- Recomendar a los países que adopten medidas para salvaguardar a los defensores ambientales en casos específicos.
- Formular declaraciones de incumplimiento de las disposiciones del Acuerdo.
- Hacer advertencias a los Estados parte.
- Suspender los derechos y privilegios de los países, incluyendo su derecho al voto en las sesiones de la COP.
Finalmente, en el proceso democrático de elección de esos miembros tendrán que observarse las siguientes reglas:
- Estas personas no podrán ser representantes de ninguna función del Estado—Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral, y Transparencia y Control Social—.
- Las personas que deseen formar parte del Comité deberán presentar su candidatura. La mesa directiva las evaluará y hará una lista de 10 personas. Luego, los países que han ratificado Escazú votarán en la COP para elegir a siete personas de esa lista.
- Otras condiciones que se deben cumplir es que no se podrá elegir a más de una persona de la misma nacionalidad. Además, se contemplará la paridad de género, la experiencia y los conocimientos jurídicos. Quienes formen parte de la Comisión, estarán en el cargo durante 4 años.
Tendremos que esperar las conclusiones, decisiones y tareas que deja la COP 2, para evaluar los retos próximos del Acuerdo de Escazú y su implementación en países como Colombia. Teniendo en cuenta la importancia de dicho Acuerdo para todos los sectores y las necesidades de conocer e interpretar su contenido y las decisiones adoptadas en las dos COP, el Departamento de Derecho del Medio Ambiente está organizando el ‘Curso de profundización sobre el Acuerdo de Escazú y sus efectos en el Derecho ambiental colombiano’, el cual se llevará a cabo del 8 de mayo al 6 de junio de 2023, a través de la plataforma ZOOM en la modalidad de aula cerrada.
Conozca más sobre el curso AQUÍ