“El enfoque de género está prácticamente ausente del Derecho Laboral en Colombia”
El Departamento de Derecho Civil del Externado realizó 2 conversatorios para explorar cómo se maneja el enfoque de género en las decisiones judiciales en el país.
«Este evento tiene la mayor relevancia en cuanto al análisis que tienen las sentencias como efectos dinamizadores y transformadores de las relaciones sociales; los jueces, por medio de sus pronunciamientos, pueden reforzar las actuales tendencias y efectos de las nuevas corrientes ideológicas, en el reconocimiento de los derechos de la mujer”, señaló Sandra Milena Ortiz, docente investigadora de la Universidad Externado de Colombia.
Durante las dos jornadas, diferentes expertos, abordaron el enfoque de género en la justicia desde las perspectivas laboral, penal, restaurativa, proceso de paz y civil, entre otras.
Cinthya Carrillo Perdomo, politóloga de la Universidad Nacional de Colombia y María Fernanda Estrada Robledo, abogada de la Corte Suprema de Justicia, centraron su ponencia en el tema de género en el campo laboral en el país dando respuesta a estas tres preguntas: ¿Por qué es importante tener un enfoque de género en el Derecho del Trabajo?; ¿Cómo se aborda el enfoque de género en el Derecho del Trabajo?; ¿Qué ventajas tiene la implementación del enfoque de género en el Derecho del Trabajo?
Para las abogadas, en el Derecho Laboral colombiano la inclusión del enfoque de género no está presente en un alto porcentaje, y se crean exclusiones muy marcadas, que generan desigualdad y falta de oportunidades.
“En cuanto a las perspectivas de género en las decisiones judiciales, aunque en su porcentaje es mayormente tenido en cuenta, aún falta hacer una implementación más reconocida en la jurisdicción ordinaria”, precisaron.
Luisa Fernanda Cano, docente investigadora de la Universidad de Antioquia, centró su ponencia en el análisis de la teoría crítica feminista en la jurisprudencia colombiana, y cómo esta ha ido permeando poco a poco las sentencias de los jueces de la Corte Constitucional.
“La jurisprudencia feminista puede ser un poderoso artefacto simbólico para la llamada concientización o elevación de conciencia de la sociedad (…) El uso de las herramientas feministas en la Corte Constitucional y en la aplicación del derecho en general, tienen un potencial simbólico más allá del caso en particular que resuelven”, señaló la docente.
Daniela Escallón Vicaría, abogada de la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), sostuvo que, pese a que poco a poco se han transformado algunas leyes con respecto al enfoque de género, impulsadas por los jueces, aún no hay igualdad material en el ordenamiento jurídico colombiano:
“Debemos llegar con propuestas más efectivas de cómo cambiar el sistema de justicia desde ese esquema de poder excluyente y desequilibrado (…) El sistema penal actual no permite llegar a lo que la justicia restaurativa entiende como reparación, pese a que esta última es una manera no violenta de acceder a la justicia y dista del castigo como noción patriarcal que se supone es el deber ser de la justicia en nuestro país”.
Por último, Mónica Ramírez Cortés, magíster en Derecho de California Western School of Law, insistió en que pese a que el Derecho Penal, es un derecho agresivo que no permite el dialogo entre agresor y víctima y por eso esta estigmatizado, las últimas decisiones de la Corte Suprema de Justicia de incluir el enfoque de género en sus decisiones es un paso enorme para la transformación de la justicia.